Código Tributario › TÍTULO I. DISPOSICIONES FUNDAMENTALES
Art. 315
Clases de infracciones
Vigente desde 2014-02-10
Para efectos de su juzgamiento y sanción, las infracciones tributarias se clasifican en contravenciones y faltas reglamentarias.
Constituyen contravenciones las violaciones de normas adjetivas o el incumplimiento de deberes formales, constantes en este Código y otras leyes.
Constituyen faltas reglamentarias las violaciones de reglamentos o normas secundarias de obligatoriedad general.
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