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Art. 222 del Código Tributario

Otros asuntos de su competencia

Vigentedesde el 17 de octubre de 2005

Fuente:
Registro Oficial 126, 17 de octubre de 2005
Texto cargado en Vigente:
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Corresponde también al Tribunal Distrital de lo Fiscal el conocimiento de los siguientes asuntos:

  1. 1. De las excepciones al procedimiento de ejecución, señaladas en el artículo 212;

  2. 2. De las tercerías excluyentes de dominio que se deduzcan en coactivas por créditos tributarios;

  3. 3. De los recursos de apelación de providencias dictadas en el procedimiento de ejecución, en los casos de los artículos 176, 191 y 209; y, de los recursos de nulidad, en los determinados en los ordinales 1, 2 y 3 del artículo 207;

    4.

  4. 5. De los conflictos de competencia suscitados entre autoridades de distintas administraciones tributarias, conforme al artículo 80;

  5. 6. Del recurso de queja; y,

  6. 7. De los demás que le atribuya la ley.

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