Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones
DT 9
(Disposición Transitoria NOVENA)
Vigente desde 2026-07-29
Las servidoras y los servidores que ostenten cargos dentro del actual Directorio de la Corporación Aduanera Ecuatoriana pasarán a laborar en el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. Los servidores públicos que formen parte del Servicio de Vigilancia Aduanera al momento de entrar en vigencia el presente Código, pasarán a formar parte del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, mediante un proceso de reclasificación, sea en el "Cuerpo de Vigilancia Aduanera" u otras unidades operativas de la entidad, respetándose en todo momento su remuneración y estabilidad, de conformidad con la Ley de Servicio Público.
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