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Art. zf-50.14 del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones

Verificación a Usuarios

Vigentedesde el 29 de julio de 2026

Consolidación:
texto consolidado al 29 de julio de 2026, sin reformas posteriores verificadas
Texto cargado en Vigente:
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El usuario operador de una Zona Franca podrá verificar el cumplimiento de todas las obligaciones que los usuarios adquieran en virtud de esta Ley, su reglamento y los contratos que celebren. Verificará especialmente de conformidad con el Reglamento, los inventarios de mercancías y/o materias primas que se encuentren en los depósitos de los usuarios.

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