Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones › TÍTULO I De la Eco-eficiencia y Producción Sostenible
Art. 236
Adaptación al cambio climático
Vigente desde 2026-07-29
Con el fin de facilitar la adaptación del Ecuador a los efectos del cambio climático y minimizarlos, las personas naturales y jurídicas así como las demás formas asociativas regidas por el presente Código, deberán adquirir y adoptar tecnologías ambientalmente adecuadas que aseguren la prevención y el control de la contaminación, la producción limpia y el uso de fuentes alternativas.
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