Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones › TÍTULO IV De la Administración Aduanera
Art. 215
De la Directora o el Director General
Vigente desde 2026-07-29
La Directora o el Director General será funcionario de libre nombramiento y remoción, designado directamente por la Presidenta o el Presidente de la República y deberá reunir los siguientes requisitos: a. Ser ecuatoriano y estar en goce de los derechos políticos; b. Haber obtenido título profesional de tercer nivel en el país o el extranjero; y, c. Poseer alta preparación profesional y experiencia en comercio exterior, administración, o aéreas relacionadas.
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