Disposición Transitoria CUARTA
DT ro913-4
Vigentedesde el 15 de junio de 2026
- Consolidación:
- texto consolidado al 15 de junio de 2026, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
El Servicio de Rentas Internas podrá solicitar al ente responsable de la administración de los datos públicos, para que en el ámbito de sus competencias, recopile la información necesaria para el cobro de los tributos conforme a los formatos, medios y condiciones que este requiera. Los registros de la propiedad y mercantiles así como demás entes públicos que tengan a su cargo bases de datos otorgarán acceso gratuito a dicha información ante requerimientos del Servicio de Rentas Internas, incluyendo certificaciones por estos emitidas.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.