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Art. 542 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización

Lugar del Pago

Vigentedesde el 15 de junio de 2026

Consolidación:
texto consolidado al 15 de junio de 2026, sin reformas posteriores verificadas
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El impuesto se lo deberá pagar en el cantón en donde esté registrado el vehículo.

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