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Art. 433 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización

Condiciones expresas

Vigentedesde el 15 de junio de 2026

Consolidación:
texto consolidado al 15 de junio de 2026, sin reformas posteriores verificadas
Texto cargado en Vigente:
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Si se dieren autorizaciones o realizaren contratos relacionados con el contenido de la presente Sección, en el respectivo contrato o autorización, se indicarán las condiciones técnicas y ambientales que ha de cumplir el usuario o contratado y las tasas o prestaciones patrimoniales que ha de satisfacer periódicamente, por adelantado.

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