Art. 360 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización
Administración
Vigentedesde el 15 de junio de 2026
- Consolidación:
- texto consolidado al 15 de junio de 2026, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
La administración del talento humano de los gobiernos autónomos descentralizados será autónoma y se regulará por las disposiciones que para el efecto se encuentren establecidas en la Ley que regule el servicio público y en las respectivas ordenanzas o resoluciones de las juntas parroquiales rurales.
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