Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización › TÍTULO VI RECURSOS FINANCIEROS DE LOS GOBIERNOS AUTÓNOMOS DESCENTRALIZADOS
Art. 202
Costeo de las competencias exclusivas y adicionales
Vigente desde 2026-06-15
El Consejo Nacional de Competencias realizará los estudios necesarios para determinar el costeo de las competencias exclusivas y adicionales de cada gobierno autónomo descentralizado y propondrá las reformas legales para migrar en el futuro hacia una fórmula de distribución de las transferencias basada en la necesidad de financiamiento requerido para cubrir una canasta estándar de bienes y servicios públicos a toda la población independientemente de su residencia.
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