Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización › TÍTULO V DESCENTRALIZACIÓN Y SISTEMA NACIONAL DE COMPETENCIAS
Art. 148
Ejercicio de las competencias de protección integral a la niñez y adolescencia
Vigente desde 2026-06-15
Los gobiernos autónomos descentralizados ejercerán las competencias destinadas a asegurar los derechos de niñas, niños y adolescentes que les sean atribuidas por la Constitución, este Código y el Consejo Nacional de Competencias en coordinación con la ley que regule él sistema nacional descentralizado de protección integral de la niñez y la adolescencia. Para el efecto, se observará estrictamente el ámbito de acción determinado en este Código para cada nivel de gobierno y se garantizará la organización y participación protagónica de niños, niñas, adolescentes, padres, madres y sus familias, como los titulares de estos derechos.
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