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Art. 128 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización

Sistema integral y modelos de gestión

Vigentedesde el 15 de junio de 2026

Consolidación:
texto consolidado al 15 de junio de 2026, sin reformas posteriores verificadas
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Todas las competencias se gestionarán como un sistema integral que articula los distintos niveles de gobierno y por lo tanto serán responsabilidad del Estado en su conjunto. El ejercicio de las competencias observará una gestión solidaria y subsidiaria entre los diferentes niveles de gobierno, con participación ciudadana y una adecuada coordinación interinstitucional. Los modelos de gestión de los diferentes sectores se organizarán, funcionarán y someterán a los principios y normas definidos en el sistema nacional de competencias. Los modelos de gestión que se desarrollen en los regímenes especiales observarán necesariamente la distribución de competencias y facultades, criterios y normas, contenidas en este Código para los distintos niveles de gobierno. Los gobiernos autónomos descentralizados acorde al modelo de gestión de competencias y siempre que la ley lo permita, podrán suscribir convenios de cooperación interinstitucional con los distintos niveles de gobiernos dentro de su circunscripción para la implementación de ventanillas únicas de atención al usuario y a la ciudadanía en general, para fortalecer la atención a la ciudadanía.

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