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Art. 115 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización

Competencias concurrentes

Vigentedesde el 15 de junio de 2026

Consolidación:
texto consolidado al 15 de junio de 2026, sin reformas posteriores verificadas
Texto cargado en Vigente:
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Son aquellas cuya titularidad corresponde a varios niveles de gobierno en razón del sector o materia, por lo tanto deben gestionarse obligatoriamente de manera concurrente. Su ejercicio se regulará en el modelo de gestión de cada sector, sin perjuicio de las resoluciones obligatorias que pueda emitir el Consejo Nacional de Competencias para evitar o eliminar la superposición de funciones entre los niveles de gobierno. Para el efecto se observará el interés y-naturaleza de la competencia y el principio de subsidiariedad.

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