Vigente NORMATIVA AL DÍA

Constitución de la República del EcuadorTÍTULO IX SUPREMACÍA DE LA CONSTITUCIÓN

DT 19

(Disposición Transitoria DECIMONOVENA)

Vigente desde 2024-05-30

El Estado realizará una evaluación integral de las instituciones educativas unidocentes y pluridocentes públicas, y tomará medidas con el fin de superar la precariedad y garantizar el derecho a la educación. En el transcurso de tres años, el Estado realizará una evaluación del funcionamiento, finalidad y calidad de los procesos de educación popular y diseñará las políticas adecuadas para el mejoramiento y regularización de la planta docente.

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