Vigente NORMATIVA AL DÍA

Constitución de la República del EcuadorTÍTULO II DERECHOS

Art. 55

Vigente desde 2024-05-30

Las personas usuarias y consumidoras podrán constituir asociaciones que promuevan la información y educación sobre sus derechos, y las representen y defiendan ante las autoridades judiciales o administrativas. Para el ejercicio de este u otros derechos, nadie será obligado a asociarse.

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