Vigente NORMATIVA AL DÍA

Constitución de la República del EcuadorTÍTULO VIII RELACIONES INTERNACIONALES

Art. 421

Vigente desde 2024-05-30

La aplicación de los instrumentos comerciales internacionales no menoscabará, directa o indirectamente, el derecho a la salud, el acceso a medicamentos, insumos, servicios, ni los avances científicos y tecnológicos.

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