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Art. 346 de la Constitución de la República del Ecuador

Vigentedesde el 30 de mayo de 2024

Consolidación:
texto consolidado al 30 de mayo de 2024, sin reformas posteriores verificadas
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Existirá una institución pública, con autonomía, de evaluación integral interna y externa, que promueva la calidad de la educación.

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