Art. 230 de la Constitución de la República del Ecuador
Vigentedesde el 30 de mayo de 2024
- Consolidación:
- texto consolidado al 30 de mayo de 2024, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
En el ejercicio del servicio público se prohíbe, además de lo que determine la ley: 1. Desempeñar más de un cargo público simultáneamente a excepción de la docencia universitaria siempre que su horario lo permita. 2. El nepotismo. 3. Las acciones de discriminación de cualquier tipo.
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