Código Orgánico Monetario y Financiero › TÍTULO PRELIMINAR DISPOSICIONES COMUNES
Art. 50
Vigente desde 2026-06-04
Designación del Gerente General del Banco Central del Ecuador, requisitos, período y remoción. El Gerente General será designado por la Junta de Política y Regulación Monetaria a propuesta de su Presidente para un período de cuatro años renovables una sola vez. El Gerente General del Banco Central del Ecuador, previo a la designación del cargo, deberá cumplir los mismos requisitos que para miembros de la Junta de Política y Regulación Monetaria. El mandato del Gerente General del Banco Central del Ecuador terminará por cumplimiento de su periodo, por renuncia, o por disposición de la Junta de Política y Regulación Monetaria, en este último caso únicamente por las causales de remoción que se aplican a los miembros de la Junta de Política y Regulación Monetaria. El Gerente General no podrá desempeñar otras funciones públicas, con excepción de la docencia a tiempo parcial.
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