Vigente NORMATIVA AL DÍA

Código Orgánico Monetario y FinancieroTÍTULO II SISTEMA FINANCIERO NACIONAL

Art. 364

Vigente desde 2026-06-04

Liquidación. El Presidente de la República mediante decreto ejecutivo, por razones de interés público, podrá disponer el cierre de las entidades del sector financiero público. Como consecuencia del cierre dispuesto se procederá a su liquidación voluntaria de acuerdo con las disposiciones de este Código.

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