Código Orgánico Monetario y Financiero › TÍTULO PRELIMINAR DISPOSICIONES COMUNES
Art. 25.1
Funciones del Presidente de la Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria
Vigente desde 2026-06-04
El Presidente de la Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria tendrá las siguientes funciones: 1. Ejercer la representación de la Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria y actuar como presidente del Directorio del Banco Central del Ecuador; 2. Convocar a la Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria, por iniciativa propia o a solicitud de tres o más de sus miembros o del Gerente General del Banco Central; 3. Presidir y dirigir las sesiones de la Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria; 4. Ejecutar y dar cumplimiento a las decisiones de la Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria; 5. Supervisar las actuaciones de la Secretaria de la Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria; 6. Proponer a la Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria la designación del Gerente General del Banco Central del Ecuador; 7. Representar al Banco Central del Ecuador en las instituciones y organismos internacionales en los que conste como miembro o accionista y en las relaciones con la Asamblea Nacional y el Gobierno Central; y, 8. Las demás que encomiende la Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria, dentro del ámbito de su competencia.
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