Vigente NORMATIVA AL DÍA

Código Orgánico Monetario y FinancieroTítulo I SISTEMA MONETARIO

Art. 107

Vigente desde 2026-06-04

Responsabilidad. Los participantes del sistema nacional de pagos deberán mantener debidamente archivados todos los documentos de soporte y serán responsables administrativa, civil y penalmente por las solicitudes realizadas con base en información imprecisa, incompleta o falsa.

Ver historial de versiones

Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.