Art. 931 del Código de Comercio
Vigentedesde el 13 de octubre de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 13 de octubre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
El embargo preventivo de toda nave con respecto al cual se alegue un crédito marítimo, procederá de acuerdo y con arreglo a lo establecido en las normas comunitarias andinas de la materia o instrumentos internaciones sobre embargo preventivo de naves suscritos y ratificados por la República del Ecuador.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.