Vigente NORMATIVA AL DÍA

Código de ComercioTÍTULO DÉCIMO LOS CONTRATOS ACCESORIOS

Art. 666

Vigente desde 2025-10-13

El fiador mercantil responde solidariamente, como el deudor principal. Admitirá beneficio de excusión o de división salvo pacto en contrario.

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