Vigente NORMATIVA AL DÍA

Código de ComercioTÍTULO OCTAVO LA COLABORACIÓN EMPRESARIAL

Art. 607.1

Vigente desde 2025-10-13

La asociación en participación es aquella en la que un comerciante da a una o más personas participación en las utilidades o pérdidas de una o más operaciones o de todo su comercio. Puede también tener lugar en operaciones mercantiles hechas por no comerciantes.

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