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Art. 570 del Código de Comercio

Vigentedesde el 13 de octubre de 2025

Consolidación:
texto consolidado al 13 de octubre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
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El franquiciante se encuentra obligado a transmitir con claridad al franquiciado los aspectos principales que le permitan a este último implementar la actividad de la forma en que el franquiciante lo ha establecido en el contrato.

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