Vigente NORMATIVA AL DÍA

Código de ComercioTÍTULO PRIMERO LA COMPRAVENTA Y LAS DISTINTAS FORMAS DE VENTA Y ENAJENACIÓN

Art. 373

Vigente desde 2025-10-13

En los contratos a los que se refiere este capítulo serán aplicables las reglas de la lesión enorme establecidas en el Código Civil; no obstante, en caso de restitución del exceso pagado o de completarse el justo precio, se deberán reconocer adicionalmente intereses, costas y gastos.

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