Vigente NORMATIVA AL DÍA

Código de ComercioTÍTULO CUARTO DEL CONTRATO DE TRANSPORTE MULTIMODAL

Art. 1338

Vigente desde 2025-10-13

En el documento de transporte multimodal deberán constar los datos siguientes: a) La naturaleza general de las mercancías, las marcas principales necesarias para su identificación, una declaración expresa, si procede, sobre su carácter peligroso, el número de bultos o de piezas y el peso bruto de las mercancías o su cantidad expresada de otro modo, datos que se harán constar tal como los haya proporcionado el expedidor; b) El estado aparente de las mercancías; c) El nombre y el establecimiento principal del operador de transporte multimodal; d) El nombre del expedidor; e) El nombre del consignatario, si ha sido comunicado por el expedidor; f) El lugar y la fecha en que el operador de transporte multimodal toma las mercancías bajo su custodia; g) El lugar de entrega de las mercancías; h) La fecha o el plazo de entrega de las mercancías en el lugar de entrega, si en ello han convenido expresamente las partes; i) Una declaración por la que se indique si el documento de transporte multimodal es negociable o no negociable; j) El lugar y la fecha de emisión del documento de transporte multimodal; k) La firma del operador de transporte multimodal o de la persona autorizada al efecto por él; l) El flete correspondiente a cada modo de transporte, si ha sido acordado expresamente por las partes, o el flete, incluida la moneda de pago, en la medida en que deba ser pagado por el consignatario, o cualquier otra indicación de que el flete ha de ser pagado por el consignatario; m) El itinerario previsto, los modos de transporte y los puntos de transbordo previstos, si se conocen en el momento de la emisión del documento de transporte multimodal; n) Cualquier otro dato que las partes convengan en incluir en el documento de transporte multimodal, si no son incompatibles con la legislación de nuestro país, o normas comunitarias andinas de la materia instrumentos internacionales vigentes en el Ecuador.

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