Art. 1272 del Código de Comercio
Vigentedesde el 13 de octubre de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 13 de octubre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Las operaciones de intercambio pueden involucrar explotadores de dos Estados y dichos Estados pueden o no ser el Estado donde se matriculó la aeronave en cuestión.
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