Vigente NORMATIVA AL DÍA

Código CivilTÍTULO XL DE LA PRESCRIPCIÓN

DT ro526-1

(Disposición Transitoria ÚNICA)

Vigente desde 2025-11-26

La sociedad conyugal de los matrimonios celebrados antes de la vigencia de esta Ley, continuará siendo administrada por el cónyuge que la hubiere estado ejerciendo.

Ver historial de versiones

Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.