Código Civil › TÍTULO XV DE ALGUNAS ACCIONES POSESORIAS ESPECIALES
Art. 995
Vigente desde 2025-11-26
Se llaman asignaciones por causa de muerte las que hace la ley o el testamento de una persona difunta, para suceder en los bienes de ésta. Con la palabra asignaciones se significan en este Libro las asignaciones por causa de muerte, ya las haga el hombre o la ley. Asignatario es la persona a quien se hace la asignación.
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