Código Civil › TÍTULO XII DE LAS SERVIDUMBRES
Art. 935
Vigente desde 2025-11-26
Los otros derechos reales pueden reivindicarse como el dominio, excepto el derecho de herencia. Este derecho produce la acción de petición de herencia de que se trata en el Libro III.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.