Art. 347 del Código Civil
Vigentedesde el 26 de noviembre de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 26 de noviembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
La prueba de colusión en el juicio no es admisible sino dentro de los cinco años subsiguientes a la sentencia.
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