Vigente NORMATIVA AL DÍA

Código CivilTÍTULO XII DE LA PATRIA POTESTAD

Art. 305

Vigente desde 2025-11-26

En todos los casos en que termine o se suspenda la patria potestad del padre o la madre, sobre los hijos no emancipados, le reemplazará aquél respecto del cual no ha terminado ni se ha suspendido la patria potestad.

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