Vigente NORMATIVA AL DÍA

Código CivilTÍTULO XI DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES ENTRE LOS PADRES Y LOS HIJOS

Art. 280

Vigente desde 2025-11-26

Los derechos concedidos a los padres en los artículos precedentes, no podrán reclamarse sobre el hijo que haya sido llevado por ellos a la casa de expósitos, o abandonado de otra manera.

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