Vigente NORMATIVA AL DÍA

Código CivilTÍTULO VI DE LAS UNIONES DE HECHO

Art. 229

Vigente desde 2025-11-26

El haber de esta sociedad y sus cargas, la administración extraordinaria de sus bienes, la disolución y la liquidación de la sociedad y la partición de gananciales, se rigen por lo que éste Código y el Código de Procedimiento Civil disponen para la sociedad conyugal.

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