Vigente NORMATIVA AL DÍA

Código CivilTÍTULO XXXIII DE LOS DELITOS Y CUASIDELITOS

Art. 2234

Vigente desde 2025-11-26

Las indemnizaciones por daño moral son independientes por su naturaleza, de las que, en los casos de muerte, de incapacidad para el trabajo u otros semejantes, regulan otras leyes.

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