Código Civil › TÍTULO XXX DEL DEPÓSITO Y DEL SECUESTRO
Art. 2142
Vigente desde 2025-11-26
Acerca del depósito necesario es admisible toda especie de prueba.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.
Código Civil › TÍTULO XXX DEL DEPÓSITO Y DEL SECUESTRO
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