Vigente NORMATIVA AL DÍA

Código CivilTÍTULO XXVII DEL MANDATO

Art. 2079

Vigente desde 2025-11-26

El comodante conserva sobre la cosa prestada todos los derechos que antes tenía, pero no su ejercicio, en cuanto fuere incompatible con el uso concedido al comodatario.

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