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Art. 2067 del Código Civil

Vigentedesde el 26 de noviembre de 2025

Consolidación:
texto consolidado al 26 de noviembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
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El mandato termina: 1. Por el desempeño del negocio para que fue constituido; 2. Por la expiración del término o por el cumplimiento de la condición prefijados para la terminación del mandato; 3. Por la revocación del mandante; 4. Por la renuncia del mandatario; 5. Por la muerte del mandante o del mandatario; 6. Por la quiebra o insolvencia del uno o del otro; 7. Por la interdicción del uno o del otro; y, 8. Por la cesación de las funciones del mandante, si el mandato ha sido dado en ejercicio de ellas.

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