Código Civil › TÍTULO XXI DE LA PRUEBA DE LAS OBLIGACIONES
Art. 1732
Vigente desde 2025-11-26
Compraventa es un contrato en que una de las partes se obliga a dar una cosa, y la otra a pagarla en dinero. El que contrae la obligación de dar la cosa se llama vendedor, y el que contrae la de pagar el dinero, comprador. El dinero que el comprador se obliga a dar por la cosa vendida se llama precio.
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