Vigente NORMATIVA AL DÍA

Código CivilTÍTULO IX DE LAS OBLIGACIONES SOLIDARIAS

Art. 1539

Vigente desde 2025-11-26

Los herederos de cada uno de los deudores solidarios están entre todos obligados al total de la deuda; pero cada heredero será solamente responsable de aquella cuota de la deuda que corresponda a su porción hereditaria.

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