Vigente
CuentaComprobando cuenta

Art. 1043 del Código Civil

Vigentedesde el 26 de noviembre de 2025

Consolidación:
texto consolidado al 26 de noviembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
Texto cargado en Vigente:
Compartir:WhatsAppXLinkedIn

No son hábiles para testar: 1. El menor de dieciocho años; 2. El que se hallare en interdicción por causa de trastorno mental "persona con demencia"; 3. El que actualmente no estuviere en su sano juicio, por ebriedad u otra causa; y, 4. El que de palabra o por escrito no pudiere expresar su voluntad claramente. Las personas no comprendidas en esta enumeración son hábiles para testar.

Ver historial de versiones

Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.

Este artículo es citado por (1)

  1. Art. 1044 del Código Civil

    «durante la existencia de cualquiera de las causas de inhabilidad expresadas en el artículo precedente es nulo, aunque posteriormente deje de existir la causa. Y por el contrario, el»

Referencias verificadas en las normas ya indexadas. El índice cubre por ahora una parte del corpus.