Vigente NORMATIVA AL DÍA

Código CivilTÍTULO II REGLAS RELATIVAS A LA SUCESIÓN INTESTADA

Art. 1035

Vigente desde 2025-11-26

Los extranjeros son llamados a las sucesiones abintestato abiertas en el Ecuador, de la misma manera y según las mismas reglas que los ecuatorianos.

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