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DG 3 del Se expide la Norma para la certificación de sustitutos directos de personas con discapacidad

Vigentedesde el 22 de agosto de 2025

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En todo lo que no estuviere previsto en el presente Acuerdo Ministerial, se estará a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Personas con Discapacidad, Código del Trabajo, Ley Orgánica del Servicio Público y su Reglamento General, los Convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) ratificados por el Ecuador y demás normativa aplicable.

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