Vigente

Art. 8 del Acuerdo Ministerial MDT-2023-140, Normas Generales Aplicables al Control de las Obligaciones del Empleador y los Procedimientos de Inspección

De la decimotercera y decimocuarta remuneración

Vigentedesde el 15 de mayo de 2025

Consolidación:
texto consolidado al 15 de mayo de 2025, sin reformas posteriores verificadas
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Los sujetos obligados, la forma y el cálculo del pago de la decimotercera y la decimocuarta remuneración, se regularán de conformidad con lo previsto en el Código del Trabajo. En el caso de los artesanos debidamente calificados por la Junta Nacional de Defensa del Artesano se sujetarán a las reglas del régimen artesanal de conformidad a lo establecido en la normativa vigente.

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