CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR
SENTENCIAS 35-22-CN/25
En el Caso No. 35-22-CN Se absuelve la consulta de constitucionalidad de norma No. 35-22-CN, en el sentido de que no existe incompa-tibilidad constitucional entre la norma consultada (artículos 4 literal b) del Reglamento para la Aplicación del Régimen Disciplinario del Libro I del Código Orgánico de las Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público) con el principio de reserva de Ley, por cuanto el reglamento en mención se limita a desarrollar la infracción ya prevista en la Ley (COESCOP)
- Publicada en
- Registro Oficial Edición Constitucional No. 64
- Fecha
- 13 de agosto de 2025
Análisis en preparación
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