CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR
DICTAMEN Y SENTENCIA 19-25-TI/26A
En el Caso No. 19-25-TI Se declara la constitucionalidad del “Acuerdo entre el Gobierno de los Emiratos Árabes Unidos y el Gobierno de la República del Ecuador para la promoción y protección recíproca de las inversiones” siempre y cuando su artículo 20 incorpore una exclusión expresa que establezca de manera inequívoca que el tribunal arbitral no podrá conocer controversias contractuales o de índole comercial, entre el Estado y personas naturales o jurídicas privadas, en los términos del artículo 422 de la Constitución
- Publicada en
- Registro Oficial Edición Constitucional No. 232
- Fecha
- 6 de mayo de 2026
Análisis en preparación
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